EXP. N.° 03512-2006-PA/TC
LA LIBERTAD
ROGER RAMIRO
UBILLUS GUTIÉRREZ
RESOLUCIÓN DEL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima, 21 de marzo de 2007
VISTOS
Recurso de agravio
constitucional interpuesto por don Roger Ramiro Ubillús Gutiérrez contra la
sentencia de la Primera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de La
Libertad, de fojas 190, su fecha 10 de enero de 2006, que declaró improcedente
la demanda de amparo de autos en los seguidos contra la Municipalidad Distrital
de Virú; y,
ATENDIENDO A
1.
Que
el demandante solicita que se deje sin efecto la Resolución de Alcaldía N.º
551-2004-MPV, de fecha 19 de noviembre de 2004, mediante la cual se le impone
la sanción de cese temporal sin goce de remuneraciones por seis meses.
2.
Que
sobre el particular debemos señalar que en el presente caso se ha producido la
sustracción de la materia, toda vez que la sanción de seis meses de cese
temporal, sin goce de haber, ya se hizo efectiva, por lo que la demanda resulta
improcedente.
Por estas consideraciones, el Tribunal
Constitucional, con la autoridad que le confiere la Constitución Política del
Perú
RESUELVE
Declarar IMPROCEDENTE la demanda.
Publíquese y notifíquese.
SS.
LANDA ARROYO
ALVA
ORLANDINI
VERGARA
GOTELLI