EXP. N.° 03512-2006-PA/TC

LA LIBERTAD

ROGER RAMIRO

UBILLUS GUTIÉRREZ

 

 

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

 

Lima, 21 de marzo de 2007

 

VISTOS

 

Recurso de agravio constitucional interpuesto por don Roger Ramiro Ubillús Gutiérrez contra la sentencia de la Primera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, de fojas 190, su fecha 10 de enero de 2006, que declaró improcedente la demanda de amparo de autos en los seguidos contra la Municipalidad Distrital de Virú; y,

 

ATENDIENDO A

 

1.      Que el demandante solicita que se deje sin efecto la Resolución de Alcaldía N.º 551-2004-MPV, de fecha 19 de noviembre de 2004, mediante la cual se le impone la sanción de cese temporal sin goce de remuneraciones por seis meses.

 

2.      Que sobre el particular debemos señalar que en el presente caso se ha producido la sustracción de la materia, toda vez que la sanción de seis meses de cese temporal, sin goce de haber, ya se hizo efectiva, por lo que la demanda resulta improcedente.

 

Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confiere la Constitución Política del Perú

 

RESUELVE

 

Declarar IMPROCEDENTE la demanda.

 

Publíquese y notifíquese.

 

 

SS.

 

LANDA ARROYO

ALVA ORLANDINI 

VERGARA GOTELLI