EXP. Nº 186-2004-PA/TC
CALLAO
ASOCIACIÓN DE DESARROLLO
DEL PROYECTO ESPECIAL
CIUDAD PACHACÚTEC
Y OTROS
Lima, 24 de marzo de 2008
El pedido de aclaración de la sentencia de autos, su fecha 24 de enero de
2005, presentado por
3. Que en el
presente caso una de las demandantes solicita se aclare los alcances de la
sentencia conforme al petitorio de la demanda a efectos de inscribir la misma
en los Registros Públicos, así como se ponga en conocimiento de Sedapal, Edelnor y
4. Que conforme se aprecia de la cédula de notificación obrante a fojas 83 del Cuadernillo del Tribunal Constitucional, la solicitud de aclaración fue presentada extemporáneamente, excediendo el plazo de dos días hábiles establecido en el artículo 121º del Código Procesal Constitucional.
Por estas consideraciones, el
Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confiere
RESUELVE
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de aclaración.
Publíquese y notifíquese
SS.
LANDA ARROYO
BEAUMONT CALLIRGOS
ETO CRUZ