EXP. N.º
01395-2007-PA/TC
LIMA
DEMETRIO PEDRO
CERVANTES QUISPE
Lima, 1 de diciembre de 2008
VISTO
El recurso de
agravio constitucional interpuesto por don Demetrio Pedro Cervantes Quispe contra la sentencia expedida por
ATENDIENDO A
1. Que el demandante solicita el otorgamiento de una renta vitalicia por enfermedad profesional, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Ley 18846 por padecer neumoconiosis, como consecuencia de haber laborado expuesto a riesgos de toxicidad.
2.
Que del certificado de trabajo de fojas 3 de autos, se advierte que el
último cargo desempeñado por el recurrente fue de Revisador
de Celdas, en Doe Run Perú,
labor en la que cesó el 14 de setiembre de 2003, es
decir, durante la vigencia de
3.
Que el artículo 21 del Decreto Supremo 003-98-SA -mediante el cual se
aprobaron las Normas Técnicas del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo-,
establece que “La cobertura de invalidez y sepelio por trabajo de riesgo será
contratada por
4. Que tal como consta a fojas 117 de autos, a la fecha en la
que el actor cesó en sus labores, la empresa empleadora había contratado el
Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo con
5. Que en consecuencia, al haberse demandado indebidamente a
Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, con
la autoridad que le confiere
Declarar NULO todo lo
actuado desde fojas 25, reponiéndose la causa al estado respectivo, a fin de
que se notifique con la demanda a
Publíquese y notifíquese.
SS.
MESÍA RAMÍREZ
VERGARA GOTELLI
CALLE HAYEN