EXP.
N.° 01491-2007-PA/TC
LIMA
JULIA
VICTORIA
ELÍAS
TATAJE
Y
OTROS
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima, 14 de noviembre de 2007
VISTO
El recurso de agravio
constitucional interpuesto por doña Julia Victoria Elías Tataje
y otros contra la sentencia expedida por
ATENDIENDO A
1. Que la parte demandante solicita que se le reconozca el importe total del seguro de vida como beneficiaria del causante -en su calidad de viuda- equivalente a 600 remuneraciones mínimas vitales, con el valor actualizado al día del pago, de acuerdo con el artículo 1236° del Código Civil.
2.
Que este Colegiado, en
3. Que, de acuerdo a los criterios de procedencia establecidos en el fundamento 37 de la sentencia precitada, que constituyen precedente vinculante, y en concordancia con lo dispuesto en el artículo VII del Título Preliminar y los artículos 5º, inciso 1), y 38º del Código Procesal Constitucional, en el presente caso, la pretensión de la parte demandante no se encuentra comprendida dentro del contenido constitucionalmente protegido por el derecho fundamental a la pensión.
4.
Que, de otro lado, si bien en la sentencia aludida se hace referencia a
las reglas procesales establecidas en los fundamentos
Por estas consideraciones, el Tribunal
Constitucional, con la autoridad que le confiere
RESUELVE
Declarar IMPROCEDENTE la demanda.
Publíquese y notifíquese.
SS.
BEAUMONT CALLIRGOS
ETO CRUZ
ALVAREZ MIRANDA