EXP. N.º 1593-2005-PA/TC
AREQUIPA
RÓMULO JOSÉ
VERGARA ARÁOZ
Lima, 24 de setiembre de 2007
El pedido de aclaración de la sentencia de autos, su fecha 23 de marzo de 2007, presentado por don Rómulo José Vergara Aráoz el 18 de junio de 2007; y,
3. Que en el presente caso el recurrente cuestiona la sentencia de autos alegando que realizó labores directamente extractivas en mina durante más de 10 años, habiendo adquirido la enfermedad profesional de neumoconiosis e hipoacusia bilateral grave a raíz de dicho trabajo, por lo que le corresponde acceder a una pensión de jubilación minera.
4. Que tal pedido debe ser rechazado puesto que resulta manifiesto que no tiene como propósito aclarar la sentencia de autos; sino impugnar la decisión que contiene –la misma que se encuentra conforme con la jurisprudencia de este Tribunal-, lo que infringe el mencionado artículo 121º del Código Procesal Constitucional.
Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional con
la autoridad que le confiere
RESUELVE
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de aclaración.
Publíquese y notifíquese.
SS.
MESÍA RAMIREZ
VERGARA GOTELLI
ÁLVAREZ MIRANDA