EXP.
N.° 02003-2007-PA/TC
PASCO
YONI
ROJAS PAREDES
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima, 24 de noviembre de 2008
VISTO
El recurso de agravio
constitucional interpuesto por don Yoni Rojas Paredes
contra la sentencia expedida por
ATENDIENDO A
1. Que el demandante solicita el otorgamiento de una renta vitalicia por enfermedad profesional, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Ley 18846 por padecer neumoconiosis, como consecuencia de haber laborado expuesto a riesgos de toxicidad. Asimismo, solicita el pago de los devengados y los intereses legales correspondientes.
2.
Que del certificado
de trabajo de fojas 4 de autos se advierte que el último cargo desempeñado por
el recurrente fue de Perforista Jackleg, en la
empresa Grems CNS S.A.C.,
labor en la que cesó el 25 de julio de 2006, es decir, durante la vigencia de
3.
Que el artículo 21
del Decreto Supremo 003-98-SA -mediante el cual se aprobaron las Normas
Técnicas del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgos-, establece que “La
cobertura de invalidez y sepelio por trabajo de riesgo será contratada por
4.
Que tal
como consta a fojas 35 del cuaderno de este Tribunal, hasta la fecha en la que
el actor cesó en sus labores, la empresa empleadora había contratado el Seguro
Complementario de Trabajo de Riesgo con
5.
Que en
consecuencia, al haberse demandado indebidamente a
Por estas
consideraciones, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confiere
Declarar NULO todo lo actuado desde
fojas 18, reponiéndose la causa al estado respectivo, a fin de que se notifique con la demanda a
Publíquese y notifíquese.
SS.
MESÍA RAMÍREZ
VERGARA GOTELLI
ÁLVAREZ MIRANDA