EXP.
N.° 02076-2007-PHC/TC
AYACUCHO
NICOLÁS
PEÑA YUPANQUI
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima, 22 de noviembre de 2007
VISTO
El recurso de
agravio constitucional interpuesto por don Nicolás Peña Yupanqui contra la
resolución de
ATENDIENDO A
1. Que con
fecha 1 de marzo de 2007 el recurrente interpone demanda de hábeas corpus
contra los magistrados de
2. Que del texto de la demanda se desprende que lo que en puridad se pretende es el reexamen de los medios probatorios. Al respecto cabe aclarar que no es función del juez constitucional determinar la responsabilidad penal y, en tal sentido, hacer una valoración de los medios probatorios que a tal efecto se incorporen al proceso penal, pues ello es competencia exclusiva de la justicia ordinaria. Dicha valoración probatoria excede el objeto del proceso de hábeas corpus y el contenido constitucionalmente protegido de la libertad individual.
Por estas
consideraciones, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confiere
RESUELVE
Declarar IMPROCEDENTE la demanda.
Publíquese y notifíquese.
SS.
LANDA
ARROYO
MESIA
RAMÍREZ
VERGARA
GOTELLI
BEAUMONT
CALLIRGOS
ETO
CRUZ
ÁLVAREZ
MIRANDA