EXP. Nº 2192-2006-PA/TC
LIMA
EPIFANIO CONTRERAS
MAQUERA
Lima, 24 de setiembre de 2007
El pedido de aclaración de la sentencia de autos, su fecha 23 de marzo de 2007, presentado por don Epifanio Contreras Maquera, el 21 de setiembre de 2007; y,
3. Que en el
presente caso el demandante cuestiona la sentencia pues estima que debe
declararse fundada en parte la demanda, ordenándose se le otorgue pensión de
jubilación conforme al Decreto Ley Nº 19990 y a
4. Que tal pedido debe ser rechazado, puesto que resulta manifiesto que no tiene como propósito aclarar la sentencia de autos o subsanar un error material u omisión en que se hubiese incurrido, sino impugnar la decisión que contiene, la misma que se encuentra conforme a la jurisprudencia de este Tribunal, lo que infringe el artículo 121º del CPConst.
Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, con
la autoridad que le confiere
RESUELVE
Declarar IMPROCEDENTE el pedido de aclaración.
Publíquese y notifíquese
SS.
LANDA ARROYO
BEAUMONT CALLIRGOS
ETO CRUZ