EXP. N.º
02541-2008-PA/TC
LIMA
VÍCTOR LUTTGARDO
OLIVA MARCOS
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
VISTO
El recurso de agravio constitucional
interpuesto por Víctor Luttgardo Oliva Marcos
contra la sentencia expedida por
ATENDIENDO A
1.
Que el recurrente solicita que se
reajuste su pensión de jubilación en aplicación de
2.
Que este Colegiado en
3. Que de acuerdo a los criterios de procedencia establecidos en el fundamento 37 de la sentencia precitada, que constituyen precedente vinculante, y en concordancia con lo dispuesto en el artículo VII del Título Preliminar y los artículos 5, inciso 1) y 38 del Código Procesal Constitucional, se determina que, en el presente caso, la pretensión de la parte demandante no se encuentra comprendida dentro del contenido constitucionalmente protegido por el derecho fundamental a la pensión.
4.
Que por su parte si bien en la sentencia
aludida se hace referencia a las reglas procesales establecidas en los
fundamentos
Declarar IMPROCEDENTE la demanda.
Publíquese y notifíquese.
SS.
MESÍA RAMÍREZ
VERGARA GOTELLI