EXP. N.° 03258-2007-PA/TC
LIMA
SANTOS AGUILAR
HUAYAPA
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima, 4 de julio de 2008
VISTO
El recurso de agravio
constitucional interpuesto por don Santos Aguilar Guayapa
contra la sentencia expedida por
ATENDIENDO A
1. Que el demandante solicita el otorgamiento de una renta vitalicia por enfermedad profesional por haber adquirido la enfermedad de neumoconiosis, con 60% de incapacidad.
2. Que a fojas 3 de autos se advierte que el recurrente laboró
para la empresa Southern Perú Copper
Corporation, desde el 15 de setiembre
de 1959 hasta el 9 de enero de 2000, y que con fecha 3 de mayo de 2008
3. Que, conforme se evidencia de la documentación obrante en el cuaderno del Tribunal, la empresa empleadora del demandante lo tiene inscrito en el Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo de la aseguradora Pacífico Vida Compañía de Seguros.
4. Que en consecuencia al haberse demandado, indebidamente, a
Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, con
la autoridad que le confiere
RESUELVE
Declarar
NULA la recurrida y la apelada y NULO todo lo actuado desde fojas
Publíquese y notifíquese.
SS.
MESÍA RAMÍREZ
VERGARA GOTELLI
ÁLVAREZ MIRANDA