EXP. Nº 3723-2006-PA/TC
LIMA
ZACARÍAS CUEVA PÉREZ
Lima, 24 de setiembre de 2007
El pedido de aclaración de la sentencia de autos, su fecha 6 de junio de 2006, presentado por don Zacarías Cueva Pérez, el 23 de julio de 2007; y,
3. Que en el presente caso el demandante cuestiona la sentencia pues estima que no hay una adecuada valoración de los medios probatorios.
4. Que tal pedido debe ser rechazado, puesto que resulta manifiesto que no tiene como propósito aclarar la sentencia de autos o subsanar un error material u omisión en que se hubiese incurrido, sino impugnar la decisión que contiene, lo que infringe el artículo 121º del CPConst.
Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que le
confiere
RESUELVE
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de aclaración.
Publíquese y notifíquese
SS.
LANDA ARROYO
BEAUMONT CALLIRGOS
ETO CRUZ