EXP. 3777-2007-PC/TC
LIMA
PERCY ENRIQUE
SEGURA PÉREZ
Y OTROS
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima, 15 de octubre de 2007
VISTO
El recurso de agravio constitucional interpuesto por don Percy Enrique Segura Pérez y otros contra la sentencia
expedida por
ATENDIENDO A
1. Que con fecha 15
de noviembre de 2006, los recurrentes interponen demanda de cumplimiento contra
2. Que este
Colegiado en
3. Que en los fundamentos 14, 15 y 16 de la sentencia precitada, que constituyen precedente vinculante de aplicación inmediata y obligatoria, se han consignado tales requisitos, estableciéndose que estos, en concurrencia con la demostrada renuencia del funcionario o autoridad pública, determinan la exigibilidad de una norma legal o acato administrativo en el proceso de cumplimiento, no siendo posible recurrir a esta vía para resolver controversias de naturaleza compleja. En el presente caso, fluye de autos que el mandato cuyo cumplimiento solicita el demandante, no goza de las características mínimas previstas para su exigibilidad.
4. Que en
consecuencia conforma a lo previsto en el fundamento 28 de la citada sentencia,
se deberá dilucidar el asunto controvertido en el proceso
contencioso-administrativo (vía sumarísima), para cuyo efecto rigen las reglas
procesales establecidas en los fundamentos
Por estas
consideraciones, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confiere
RESUELVE
Declarar IMPROCEDENTE la demanda.
Publíquese y notifíquese.
SS.
LANDA ARROYO
BEAUMONT CALLIRGOS
ETO CRUZ