EXP. Nº 3809-2006-PA/TC
LIMA
MANUEL FERMÍN
RODRÍGUEZ ESCAPA
Lima, 24 de setiembre de 2007
El pedido de aclaración de la sentencia de autos, su fecha 6 de junio de 2006, presentado por don Manuel Fermín Rodríguez, el 27 de junio de 2007; y,
3. Que en el
presente caso, el demandante cuestiona la sentencia de autos alegando que se ha
acreditado fehacientemente la vulneración de su derecho a percibir la pensión
mínima dispuesta en
4. Que tal pedido debe ser rechazado, puesto que resulta manifiesto que no tiene como propósito aclarar la sentencia de autos, sino impugnar la decisión que contiene –la misma que se encuentra conforme con la jurisprudencia de este Tribunal–, lo que infringe el mencionado artículo 121º del Código Procesal Constitucional.
RESUELVE
Declarar NO HA LUGAR a la solicitud de aclaración.
Publíquese y notifíquese.
SS.
LANDA ARROYO
BEAUMONT CALLIRGOS
ETO CRUZ