EXP. Nº 4159-2007-PA/TC
LIMA
MÁXIMO LUCIANO
JIMÉNEZ APARICIO
Lima, 1 de abril de 2008
El pedido de nulidad de la sentencia de autos, su fecha 2 de octubre de 2007, presentado por don Máximo Luciano Jiménez Aparicio, el 1 de abril de 2008; y,
3. Que en el presente caso la demandada cuestiona la sentencia en el extremo relativo al pago de intereses legales.
4. Que tal pedido debe ser rechazado, puesto que resulta manifiesto que no tiene como propósito aclarar la sentencia de autos o subsanar un error material u omisión en que se hubiese incurrido, sino impugnar la decisión que contiene, la misma que se encuentra conforme a la jurisprudencia de este Tribunal, lo que infringe el artículo 121º del CPConst.
Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, con
la autoridad que le confiere
RESUELVE
Declarar IMPROCEDENTE el pedido de nulidad.
Publíquese y notifíquese.
SS.
LANDA ARROYO
BEAUMONT CALLIRGOS
ETO CRUZ