EXP. N.º 04238-2007-PA/TC
JUNÍN
JUAN
SANTOS
SALAZAR
FLORES
Lima, 30 de junio de 2008
VISTO
El recurso de
agravio constitucional interpuesto contra la sentencia expedida por
ATENDIENDO A
1. Que el demandante solicita el otorgamiento de una renta vitalicia por enfermedad profesional de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Ley 18846, por padecer neumoconiosis en segundo estadio de evolución como consecuencia de haber laborado expuesto a riesgos de toxicidad.
2.
Que del certificado de trabajo de fojas 3 de autos se advierte que el
último cargo desempeñado por el recurrente fue de Perforista de Maquinaria
Pesada II, en
3.
Que el artículo 21 del Decreto Supremo 003-98-SA -mediante el cual se
aprobaron las Normas Técnicas del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo-,
establece que “La cobertura de invalidez y sepelio por trabajo de riesgo será
contratada por
4. Que tal como consta de fojas
5. Que en consecuencia, al haberse demandado indebidamente a
Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, con
la autoridad que le confiere
Declarar NULO todo lo actuado desde fojas 20, reponiéndose la causa al estado respectivo a fin de que se notifique con la demanda a Rímac Compañía de Seguros, y se la tramite posteriormente con arreglo a ley.
Publíquese y notifíquese.
SS.
MESÍA RAMÍREZ
VERGARA GOTELLI
ÁLVAREZ MIRANDA