EXP. N.º 0006-2009-PCC/TC
LIMA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE SAN ISIDRO
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima, 6 de noviembre de 2009
VISTA
La demanda de
conflicto competencial presentada el 24 de agosto de 2009 por
ATENDIENDO A
1.
Que el objeto de la demanda es dejar sin
efecto y se declare la nulidad de
2.
Que conforme lo disponen el inciso 3) del
artículo 202° de
3. Que mediante resolución de fecha 8 de septiembre de 2009, este Tribunal Constitucional declaró inadmisible la presente demanda al no haberse adjuntado el Acuerdo del Concejo Distrital que autoriza al alcalde a presentar la demanda de autos, lo cual representa un requisito indispensable según lo dispuesto por el artículo 109º del Código Procesal Constitucional.
4.
Que mediante escrito de fecha 5 de
noviembre de 2009
5. Que de acuerdo al artículo 112º del Código Procesal Constitucional, que establece que el proceso competencial se sujeta, en cuanto sea aplicable, a las disposiciones que regulan el proceso de inconstitucionalidad, la demanda cumple con los requisitos a que se refieren los artículos 101º y 102º del adjetivo acotado.
Por
estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que le
confiere
RESUELVE
1.
ADMITIR a trámite la demanda de conflicto de competencia
interpuesta por
2.
Correr traslado de la demanda a
Publíquese y notifíquese.
SS.
VERGARA GOTELLI
MESÍA RAMÍREZ
LANDA ARROYO
BEAUMONT CALLIRGOS
CALLE HAYEN
ETO CRUZ
ÁLVAREZ MIRANDA