EXP. N.° 00024-2008-PI/TC
LIMA
1% DE CIUDADANOS
DEL DISTRITO DE MANCOS
REPRESENTADOS POR
ALFREDO JAVIER
MENDIOLA VÁSQUEZ
La demanda de inconstitucionalidad interpuesta por don
Alfredo Javier Mendiola Vásquez, en representación
del uno por ciento de los ciudadanos del Distrito de Mancos, con firmas
comprobadas por el Jurado Nacional de Elecciones, contra
1.
Que con fecha 7 de octubre de 2008, el
recurrente interpone demanda de inconstitucionalidad contra
2.
Que de acuerdo con el numeral 5) del
artículo 203º de
3. Que la demanda ha sido interpuesta dentro del plazo previsto en el artículo 100º del Código Procesal Constitucional.
4. Que asimismo se han cumplido los requisitos previstos en los artículos 101º y 102º del Código Procesal Constitucional.
5.
Que en consecuencia, de conformidad con
el inciso 4) del artículo 107º del Código Procesal Constitucional, corresponde
emplazar con la demanda de autos a
Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, con la autoridad
que le confiere
RESUELVE
1. ADMITIR a trámite la demanda
de inconstitucionalidad promovida por don Javier Mendiola
Vásquez, en representación del uno por ciento de los ciudadanos del Distrito de
Mancos, Provincia de Yungay, Departamento de Ancash, contra
2. Correr traslado de la demanda
a
Publíquese y notifíquese.
SS.
VERGARA GOTELLI
MESÍA RAMÍREZ
LANDA ARROYO
BEAUMONT CALLIRGOS
CALLE HAYEN
ETO CRUZ
ÁLVAREZ MIRANDA