EXP. No. 00026-2009-PI/TC

LIMA

GONZALO TUANAMA TUANAMA

Y 8119 CIUDADANOS

 

 

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

 

Lima, 30 de julio de 2009

 

VISTA

 

La demanda de inconstitucionalidad interpuesta por don Gonzalo Tuanama Tuanama, en representación de ocho mil ciento diecinueve ciudadanos, contra el Decreto Legislativo Nº 1083, mediante el cual se promueve el aprovechamiento eficiente y la conservación de los recursos hídricos, publicado el 28 de junio de 2008 en el diario oficial El Peruano; y,

 

ATENDIENDO A

 

1.      Que los procesos de inconstitucionalidad tienen por finalidad la defensa de la Constitución Política frente a infracciones contra su jerarquía normativa. Esta infracción puede ser directa o indirecta, de carácter total o parcial, y tanto por la forma como por el fondo.

 

2.      Que la demanda ha sido interpuesta con el propósito que se declare la inconstitucionalidad del Decreto Legislativo Nº 1083 por aspectos de fondo.

 

3.      Que conforme a lo prescrito en el artículo 203º, inciso 5) de la Constitución Política del Perú y en concordancia con el artículo 99º del Código Procesal Constitucional, están facultados para interponer acción de inconstitucionalidad cinco mil ciudadanos con firmas comprobadas por el Jurado Nacional de Elecciones, lo cual en el caso se acredita mediante Resolución Nº 443-2009-JNE del 26 de junio de 2009, cumpliéndose de esta forma con el requisito establecido en el inciso 3) del artículo 102º del Código Procesal Constitucional.

 

4.      Que mediante la Ley Nº 29338, publicada en el diario oficial El Peruano el 31 de marzo de 2009, el Congreso de la República adopta la Ley de Recursos Hídricos, a través de la cual se deroga de forma expresa el Decreto Legislativo Nº 1083.

 

5.      Que siendo así, este Tribunal considera que debe declararse la improcedencia de la demanda, por haberse producido la sustracción de la materia.

                       

Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confiere la Constitución Política del Perú

 

RESUELVE

 

Declarar IMPROCEDENTE la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por don Gonzalo Tuanama Tuanama contra el Decreto Legislativo Nº 1083 por haberse producido la sustracción de la materia.

 

Publíquese y notifíquese.

 

 

SS.

 

VERGARA GOTELLI

MESÍA RAMÍREZ

LANDA ARROYO

BEAUMONT CALLIRGOS

CALLE HAYEN

ETO CRUZ

ÁLVAREZ MIRANDA