EXP. N.° 00214-2009-PHC/TC
LIMA
HUGO ESTEBAN
CHUMBES ROCHA
A FAVOR DE
AMYELLA CHUMBES ZÚÑIGA
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima, 18 de marzo de 2009
VISTO
El recurso de agravio
constitucional interpuesto por don Hugo Chumbes Rocha, en representación de
doña Amyella Chumbes Zúñiga, contra la sentencia
expedida por
ATENDIENDO A
1.
Que la resolución
expedida por
2.
Que en
3. Que siendo así, al haberse producido un quebrantamiento de forma en la tramitación del presente proceso constitucional, los actuados deben ser devueltos a fin de que se proceda con arreglo a ley, en aplicación del artículo 20º del Código Procesal Constitucional.
Por estas consideraciones, el Tribunal
Constitucional, con la autoridad que le confiere
1. Declarar NULO el concesorio de fojas 139, su fecha 10 de diciembre del 2008, e improcedente el recurso extraordinario.
2. Reponer la causa al estado
respectivo, a efectos de que
Publíquese y notifíquese.
SS.
MESÍA RAMÍREZ
BEAUMONT CALLIRGOS
ETO CRUZ
MLC