EXP. 0452-2007-PA/TC
JUNÍN
ROSARIO FANNY
ROSADO
BALDEÓN DE
ORÉ
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima (Trujillo), 29 de mayo de 2009
VISTO
El recurso de agravio constitucional
interpuesto por doña Rosario Fanny Rosado Baldeón
de Oré contra la resolución expedida por
ATENDIENDO A
1.
Que la recurrente interpone demanda de
amparo contra
2.
Que las instancias judiciales inferiores
rechazaron de plano la demanda aduciendo que la pretensión de la demandante
resulta manifiestamente improcedente, por cuanto no se encuentra comprendida
dentro del contenido constitucionalmente protegido por el derecho fundamental a
la pensión, conforme a lo establecido en
3.
Que sobre el particular, el Tribunal
Constitucional en
4. Que, por tanto, concluimos que dado que la suspensión de la pensión de la que ha sido objeto la demandante indudablemente la priva del mínimo vital necesario para su subsistencia, la pretensión demandada forma parte del contenido esencial del derecho a la pensión, ya que la demandante, como consecuencia de la suspensión, se encuentra imposibilitada de cubrir sus necesidades básicas, lo cual estaría afectando en forma directa su dignidad.
5.
Que en consecuencia, la pretensión de la
recurrente se encuentra comprendida en el supuesto previsto en el fundamento
37.c) de
Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional,
con la autoridad que le confiere
RESUELVE
Declarar FUNDADO el recurso de agravio constitucional, y dispone que se REVOQUE el auto recurrido ordenándose al juez de primera instancia que admita la demanda y la tramite con arreglo a ley.
Publíquese y notifíquese.
SS.
VERGARA GOTELLI
LANDA ARROYO