EXP. N.° 00880-2008-PA/TC
JUNIN
OFFER FERNANDO
NAUPARI GALARZA
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima, 4 de abril de 2009
VISTA
La resolución de corrección
presentada por don Offer Fernando Ñaupari
Galarza el 3 de abril del 2009, respecto a
ATENDIENDO A
1. Que, como se advierte de los documentos que se adjunta al presente escrito, el nombre correcto de la organización sindical a la que pertenece el recurrente es Sindicato de Trabajadores del Sector Público Agrario-SUTSA; por consiguiente, debe efectuarse la corrección que se solicita.
2. Que,
por otro lado, el demandante solicita que se ingrese al fondo de la cuestión
controvertida, aduciendo que en el caso no se ha producido la sustracción de la
materia, puesto que él actualmente sigue siendo Secretario General del Comité
Ejecutivo Nacional del SUTSA. Sin embargo, únicamente acredita, con
Por estas consideraciones, el
Tribunal Constitucional, en uso de las atribuciones que le confieren
RESUELVE
1. CORREGIR
DONDE DICE: Sindicato Único de Trabajadores del Sector Agrario-SUTSA.
DEBE DECIR: Sindicato de Trabajadores del Sector Público Agrario-SUTSA.
2. Declarar SIN LUGAR la solicitud de fecha 3 de abril del año en curso, en el extremo que se pide que se examine el fondo de la pretensión.
Publíquese y notifíquese.
SS.
MESÍA RAMÍREZ
CALLE RAYEN
ALVAREZ MIRANDA