EXP. N.° 00937-2009-PA/TC
LAMBAYEQUE
JAIME LUIS
CERVERA
SERQUEN
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima, 30 de noviembre de 2009
VISTO
El recurso de agravio constitucional interpuesto por Jaime Luis
Cervera Serquen contra la sentencia expedida por
ATENDIENDO A
1.
Que con fecha 16 de abril de
2008, el demandante interpuso demanda de amparo contra
2.
Que el Cuarto Juzgado Civil
de Lima declaró infundada la demanda porque el demandante había cobrado sus
beneficios sociales, por lo que debía entenderse que existía consentimiento
para el término de la relación laboral.
3. Que a fojas 128 de autos, obra el acta de recepción de beneficios sociales del demandante, a través de la cual se acredita que el demandante cobró sus beneficios sociales, por lo que debe entenderse que el vínculo laboral se extinguió con su conformidad, razón por la cual corresponde declarar la improcedencia de la demanda.
Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, con la
autoridad que le confiere
RESUELVE
Declarar IMPROCEDENTE la demanda.
Publíquese y notifíquese.
SS.
LANDA ARROYO
CALLE HAYEN
ÁLVAREZ MIRANDA