EXP. N.° 02193-2009-PA/TC
CALLAO
FÉLIX RAFAEL
NAVARRO SCAMARO
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
VISTO
El recurso de
agravio constitucional interpuesto por don Félix Rafael Navarro Scamarone contra la sentencia de
ATENDIENDO A
1. Que
con fecha 21 de febrero de 2008, el recurrente interpone demanda de amparo
contra
2. Que
a fojas 27, obra la hoja de liquidación de beneficios sociales, quedando de esta forma concluido el vínculo
contractual del demandante con
3. Que, igualmente, en el presente caso, el supuesto cese arbitrario del demandante se produjo el 31 de octubre de 2007, lo que significa que a partir de dicha fecha, se habría producido la supuesta afectación de su derecho constitucional al trabajo. Siendo ello así, a la fecha de interposición de la presente demanda, esto es, al 21 de febrero de 2008, ha transcurrido en exceso el plazo de prescripción previsto en el artículo 44° del Código Procesal Constitucional.
Por estas consideraciones, el
Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confiere
RESUELVE
Declarar IMPROCEDENTE la demanda.
Publíquese y notifíquese.
SS.
MESÍA RAMÍREZ
ETO CRUZ