EXP. N.° 03060-2009-PA/TC
LIMA NORTE
WASHINGTON
TRINIDAD
MUÑOZ
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima, 10 de noviembre de 2009
VISTO
El recurso de agravio constitucional interpuesto por don
Washington Trinidad Muñoz contra la sentencia expedida por
ATENDIENDO A
1.
Que la parte demandante
solicita que se deje sin efecto el despido fraudulento de que habría sido
víctima; y que, por consiguiente, se lo reponga en su puesto de trabajo como
Oficial de Aduanas de
2.
Que el recurrente afirma que
el acto de despido se produjo el día 1 de julio de 1999; que en ese entonces se
encontraba vigente
3. Que el recurrente pretende justificar la interposición extemporánea de su demanda de amparo aduciendo una serie de razones, ninguna de las cuales es atendible, dado que no ha probado que la supuesta agresión tuviese carácter continuado o que se encontraba imposibilitado de interponer oportunamente la demanda; tampoco ha alegado el recurrente la existencia de una amenaza de vulneración de algún derecho constitucional –caso en el que no corre el plazo de prescipción– sino que denuncia un acto concreto, esto es, el despido de que habría sido víctima.
Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, con la
autoridad que le confiere
RESUELVE
Declarar IMPROCEDENTE la demanda.
Publíquese y notifíquese.
SS.
LANDA
ARROYO
CALLE
HAYEN
ÁLVAREZ MIRANDA