EXP. N.° 00064-2010-PA/TC
LIMA NORTE
ROSA MARÍA HUARACA PUNIL
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL
CONSTITUCIONAL
VISTO
El recurso de
agravio constitucional interpuesto por doña Rosa María Huaraca Punil contra la
resolución de
1. Que, con fecha 6 de abril de
2009, la recurrente interpone demanda de amparo contra
2.
Que la recurrida y la
apelada han rechazado liminarmente la demanda aduciendo que existe una vía
procedimental específica, igualmente satisfactoria, para la protección del
derecho constitucional vulnerado, conforme lo establece el inciso 2) del
artículo 5º del Código Procesal Constitucional.
3.
Que este Tribunal, en
4. Que en consecuencia,
corresponde corregir el error cometido por las instancias inferiores mediante
la revocatoria del auto cuestionado, ordenando al juez de la causa que admita a
trámite la demanda y lleve el proceso conforme a ley.
Por estas
consideraciones, el Tribunal
Constitucional, con la autoridad que le confiere
RESUELVE
REVOCAR la resolución apelada y ordenar al juez constitucional de primera instancia
que proceda a admitir la demanda.
SS.
ÁLVAREZ MIRANDA
URVIOLA
HANI