EXP. N.° 00078-2010-Q/TC
LIMA
ELENA
CORINA
FALCKENHEINER
GARCIA
Lima, 18 de agosto de 2010
El recurso de queja presentado por Elena Corina Falckenheiner; y,
ATENDIENDO
A
1. Que, conforme lo dispone el inciso 2) del artículo 202.° de
2. Que de conformidad con lo previsto en el artículo 19.° del Código Procesal Constitucional y los artículos 54.° a 56.° del Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional, este Colegiado también conoce del recurso de queja interpuesto contra la resolución denegatoria del recurso de agravio constitucional, siendo su objeto verificar que ésta última se expida conforme a ley.
3. Que la demandante interpuso el recurso de agravio constitucional
ante
4. Que si bien es cierto las instancias precedentes declararon fundada la excepción de prescripción y concluido el proceso, dicho pronunciamiento debe ser entendido como un rechazo de la demanda; por lo que procedía la interposición del recurso de agravio constitucional.
Por estas consideraciones, el Tribunal
Constitucional, en uso de las facultades conferidas por
RESUELVE
Declarar FUNDADO el
recurso de queja. Dispone notificar a las partes y oficiar a
SS.
ÁLVAREZ
MIRANDA
URVIOLA HANI