EXP. N.º 00746-2010-PHD/TC

PIURA

FORTUNATO SEGUNDO

MORE CHIROQUE

Y OTROS

 

 

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

 

Lima, 15 de septiembre de 2010.

 

VISTO

 

El escrito presentado el 2 de septiembre de 2010 por don Fortunato Segundo More Chiroque y otros, que solicita la integración de la sentencia de autos de 20 de agosto de 2010; y,

 

ATENDIENDO A

 

1.    Que en el escrito de vistos se precisa que este Colegiado no se ha pronunciado sobre el extremo del pago de costos y costas del proceso. Al respecto, de acuerdo con el artículo 121º del Código Procesal Constitucional, el Tribunal Constitucional, de oficio o a instancia de parte, puede aclarar algún concepto o subsanar cualquier error material u omisión en que hubiese incurrido.

 

2.    Que en la demanda (folio 43) se ha solicitado, en efecto, el pago de costos y costas del proceso. En ese sentido, de acuerdo con el artículo 56º del mencionado Código, corresponde integrar la sentencia, en su parte resolutiva.

 

Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, en uso de las atribuciones que le confiere la Constitución Política del Estado y su Ley Orgánica.

 

RESUELVE

 

Integrar el fallo de la sentencia de 20 de agosto de 2010; en consecuencia, se condena a la emplazada al pago de costas y costos procesales a favor de los demandantes, los que serán liquidados en ejecución de sentencia.

 

 

SS.

 

MESÍA RAMÍREZ

CALLE HAYEN

ETO CRUZ