EXP.
N.° 00923-2009-PA/TC
PASCO
WALTER ROBERTO
VERÁSTEGUI SALAZAR
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima, 9 de junio de 2010
VISTO
El recurso de agravio constitucional interpuesto por don Walter
Roberto Verástegui Salazar contra la resolución expedida por
ATENDIENDO A
1. Que la parte demandante solicita se declare la nulidad del despido
fraudulento efectuado el 21 de abril de 2008 mediante Carta Notarial y que, por
consiguiente, se ordene a
2. Que la presente demanda ha sido rechazada liminarmente tanto en primera como en segunda instancia, argumentando que “no existe ningún razonamiento que demuestre la no idoneidad del proceso ordinario así como la irreparabilidad del agravio” toda vez que los hechos son controversiales y existe “una complejidad y diversidad de derechos invocados”; y que cuando se cuestione una causa justa de despido imputada por el empleador tratándose de hechos controvertidos el amparo no es la vía idónea, respectivamente.
3. Que este Colegiado, en
4. Que tratándose en el presente caso de un despido fraudulento debe estimarse el recurso de agravio constitucional y revocarse el auto impugnado y por tanto ordenar que el Juez de primera instancia proceda de admitir la demanda, toda vez que el rechazo liminar de la demanda, tanto de la apelada como de la recurrida, ha incurrido en error.
Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, con la
autoridad que le confiere
RESUELVE
Declarar FUNDADO el recurso de agravio
constitucional; en consecuencia REVOCAR el auto recurrido y ORDENAR al a quo admitir a trámite la demanda y se la tramite con arreglo a
ley.
Publíquese y notifíquese.
SS.
LANDA ARROYO
CALLE HAYEN
ÁLVAREZ MIRANDA