EXP. N.° 00936-2010-PA/TC
PASCO
BERNARDO FERNÁNDEZ
CATALDO
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima, 11 de agosto de 2010
VISTO
El recurso de agravio
constitucional interpuesto por don Bernardo Fernández Cataldo contra la
sentencia expedida por la Sala Mixta de
ATENDIENDO A
1. Que el demandante solicita que se le otorgue pensión de invalidez vitalicia del Decreto Ley 18846, con el abono de los intereses legales y los costos procesales.
2.
Que en
3. Que el actor adjunta los siguientes documentos:
· A fojas 49 obra el Informe de Evaluación Médica de Incapacidad del Decreto Ley 18846, de fecha 15 de diciembre de 2006, que concluye determinando que el demandante adolece de neumoconiosis e hipoacusia neurosensorial leve moderado, con 51 % de menoscabo global.
· A fojas 50 obra la historia clínica de EsSalud, de fecha 11 de diciembre de 2006, en la que se señala que el actor padece de neumoconiosis con 40%, y de hipoacusia neurosensorial leve moderada con 19%, lo que hace el 59% de incapacidad.
4. Que en consecuencia, se aprecia que existen informes médicos contradictorios, por lo que la controversia debe ser dilucidada en un proceso que cuente con etapa probatoria, de conformidad con lo establecido por el artículo 9 del Código Procesal Constitucional, por lo que la demanda deviene en improcedente; quedando expedita la vía para que el actor acuda al proceso a que hubiere lugar.
Por estas consideraciones, el Tribunal
Constitucional, con la autoridad que le confiere
RESUELVE
Declarar IMPROCEDENTE la demanda.
Publíquese y notifíquese.
SS.
MESÍA RAMÍREZ
CALLE HAYEN
ETO CRUZ