EXP. N.° 01154-2010-PA/TC
LIMA
ROBERTO ARÉVALO
RIOJA Y OTROS
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima, 9 de agosto de 2010
VISTO
El recurso de
agravio constitucional interpuesto por don Roberto Arévalo Rioja y otros contra
la resolución expedida por
ATENDIENDO A
1. Que, con fecha 31 de marzo del 2009, los demandantes solicitan que se declaren inaplicables los Decretos de Urgencia Nos. 025-2008 y 026-2009.
2.
Que, con fecha 18
de noviembre de 2009, se publicó en el diario oficial El Peruano
la sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente N.º
00007-2009-PI/TC, mediante la cual declaró inconstitucionales los artículos
1.º, 2.º, 3.º 5.º y
3. Que, con fecha 16 de abril del año en curso, se publicó en el diario oficial El Peruano la sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente N.º 00025-2008-PI/TC, mediante la cual se declaró inconstitucional, por la forma, el Decreto de Urgencia N.º 025-2008.
4. Que en consecuencia, habiendo sido expulsadas del ordenamiento jurídico las normas legales cuya inaplicación se solicita en la presente causa, carece de objeto emitir pronunciamiento sobre el particular.
Por estas consideraciones, el Tribunal
Constitucional, con la autoridad que le confiere
RESUELVE
Declarar IMPROCEDENTE la demanda de autos por haberse sustraído la materia.
Publíquese y notifíquese.
SS.
MESÍA RAMÍREZ
BEAUMONT CALLIRGOS
VERGARA GOTELLIOYO
CALLE HAYEN
ETO CRUZ
ÁLVAREZ MIRANDA
URVIOLA HANI