EXP. N.° 01446-2010-PA/TC
LIMA NORTE
JUAN JOSÉ
SILVA SILVA
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima, 15 de junio de 2010
VISTO
El recurso de agravio
constitucional interpuesto por don Juan José Silva Silva
contra la resolución expedida por
ATENDIENDO A
1. Que el demandante solicita que se deje sin efecto el despido arbitrario de que ha sido víctima; y que, por consiguiente, se lo reponga en su puesto de obrero de limpieza pública.
2. Que las instancias inferiores han rechazado liminarmente la demanda, aduciendo que existe una vía igualmente satisfactoria para la protección de los derechos invocados, esto es, la vía laboral ordinaria.
3.
Que este Tribunal
considera que el rechazo liminar de la demanda no está justificado, toda vez
que en el caso no se ha presentado ninguno de los supuestos de improcedencia
liminar previstos en el artículo 47º del Código Procesal Constitucional;
tampoco se ha tenido en cuenta que, de acuerdo a los criterios procesales
establecidos en
Por estas consideraciones, el Tribunal
Constitucional, con la autoridad que le confiere
RESUELVE
Declarar NULO todo lo actuado; ordenándose que el Juez de la causa admita a trámite la demanda.
Publíquese y notifíquese.
SS.
MESÍA RAMÍREZ
BEAUMONT CALLIRGOS
ETO CRUZ