EXP.
N.º 1949-2010-PA/TC
LIMA
GLADYS
MATILDE
MURILLO
PALOMINO
RESOLUCIÓN
DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima, 26 de octubre de 2010
VISTO
El recurso de nulidad interpuesto
por doña Gladys Matilde Murillo Palomino contra la resolución de fecha 20 de agosto
de 2010; y,
ATENDIENDO
A
1. Que
conforme lo dispone el artículo 121º del Código Procesal Constitucional, contra
los decretos y autos que dicte el Tribunal Constitucional solo procede, en su
caso, el recurso de reposición, que es como debe entenderse el presente
recurso.
2. Que la recurrente
refiere que el Tribunal Constitucional debió apreciar en la causa una violación
del derecho fundamental (sic) previsto en el artículo 2º, inciso 24, literal
a), de la Constitución, conforme al cual “[n]adie está obligado a hacer lo que
la ley no manda ni impedido de hacer lo que ella no prohíbe”.
3. Que la recurrente
incurre en error al considerar que dicha norma constitucional contiene el
reconocimiento de un derecho fundamental. Se trata de una disposición
constitucional que encierra lo que suele denominarse “la cláusula de clausura
del sistema jurídico”, postulando un principio general de libertad en la acción
del ser humano. Desde luego, si este principio general de libertad pudiese ser
asimilado a la idea de un derecho fundamental, se perdería toda posibilidad de
construir argumentativamente la distinción entre asuntos de relevancia iusfundamental
y asuntos de relevancia infraconstitucional, tesis que no puede ser defendida
por la jurisdicción constitucional.
4. Que, en definitiva,
el Tribunal Constitucional no ha incurrido en error al sostener que los hechos
y el petitorio de la demanda no se encuentran referidos en forma directa al
contenido constitucionalmente protegido de derecho fundamental alguno, motivo
por el cual el presente recurso debe desestimarse.
Por estas
consideraciones, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confiere
RESUELVE
Declarar IMPROCEDENTE el recurso de reposición.
Publíquese y notifíquese.
SS.
MESÍA RAMÍREZ
BEAUMONT
CALLIRGOS
CALLE HAYEN