EXP. N.° 02366-2010-PA/TC
AREQUIPA
SEBASTIÁN CABANA
OCSA
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima, 13 de agosto de 2010
VISTO
El recurso de agravio
constitucional interpuesto por don Sebastián Cabana Ocsa contra la sentencia expedida por
ATENDIENDO A
1. Que con fecha 26 de junio de 2007 el recurrente interpone demanda de amparo solicitando se le otorgue pensión de invalidez vitalicia por adolecer de neumoconiosis conforme a lo señalado por el Decreto Ley 18846, y se disponga el pago de las pensiones devengadas, los intereses legales y los costos.
2.
Que este Colegiado
en
3.
Que a fojas 79 obra
el cargo de notificación de
4. Que el demandante pese al tiempo transcurrido no ha cumplido con adjuntar el Informe de Comisión Médica solicitado en autos, a fin de acreditar debidamente la enfermedad profesional de neumoconiosis que menciona en su demanda, de acuerdo a lo señalado en el fundamento 14 de la mencionada STC 2313-2007-PA/TC, por lo que la demanda deviene en improcedente.
Por estas consideraciones, el Tribunal
Constitucional, con la autoridad que le confiere
RESUELVE
Declarar IMPROCEDENTE la demanda.
Publíquese y notifíquese.
SS.
VERGARA GOTELLI
ÁLVAREZ MIRANDA
URVIOLA HANI
CPD