EXP. N.° 02404-2010-PA/TC
HUAURA
VÍCTOR CARRANZA
SALINAS
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima, 6 de setiembre de 2010
VISTO
El recurso de agravio
constitucional interpuesto por don Víctor Carranza Salinas contra la sentencia
de
ATENDIENDO A
1.
Que con fecha 3 de
agosto de 2009 el recurrente interpone demanda de amparo contra
2.
Que mediante
Resolución 25254-2010-ONP/DPR.SC/DL 19990, de fecha 6
de abril de 2010, obrante a fojas 179 de autos, la demandada resuelve otorgar
al actor pensión de jubilación de conformidad con el Decreto Ley 19990 y
3. Que siendo así en el presente caso se ha producido la sustracción de la materia, por lo que la demanda debe declararse improcedente, tal como lo prevé el segundo párrafo del artículo 1 del Código Procesal Constitucional.
Declarar IMPROCEDENTE la demanda por haberse producido la sustracción de la materia.
Publíquese y notifíquese.
SS.
VERGARA GOTELLI
ÁLVAREZ MIRANDA
URVIOLA HANI