EXP. N.° 02575-2009-PA/TC
TUMBES
MANUEL
GÁLVEZ GUTIÉRREZ
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima, 4 de mayo de 2010
VISTO
El recurso de agravio constitucional interpuesto por don Manuel
Gálvez Gutiérrez contra la sentencia expedida por
ATENDIENDO A
1.
Que con fecha 10 de julio de
2008, el recurrente interpuso demanda de amparo contra
2.
Que
3. Que el Juzgado Mixto de Zarumilla, con fecha 10 de octubre de 2008, declara improcedente la demanda, considerando que el acta cuestionada no contiene ninguna decisión administrativa, ni ordena ejecutarse acto administrativo alguno, por lo que no se configura una lesión o una amenaza cierta e inminente. En todo caso, señala que si el acto administrativo contiene irregularidades o vicios, estos deben ser cuestionados en el proceso contencioso-administrativo. Estima, además, que no se ha esclarecido por qué se indica que el establecimiento El Rancho consigna como direcciones la calle Arequipa s/n o calle Arequipa N.° 111 del distrito de Aguas Verdes, mientras que el acta de inspección hace referencia a un inmueble situado en la calle Arequipa 107. Sostiene que estos hechos hacen inviable la vía constitucional del amparo, debido a que existen dudas respecto de la plena identificación del bien y de sus titulares, y que no se ha intentado agotar la vía previa, por lo que es de aplicación el artículo 45 del Código Procesal Constitucional.
4.
Que
5. Que este Tribunal estima que la demanda debe ser declarada improcedente, debido a que como ha quedado indicado por el a quo existe incertidumbre sobre el inmueble al cual alude el demandante. Para resolver ello, se requeriría de una etapa probatoria más amplia, como la establecida en el contencioso-administrativo, ya que de conformidad con el artículo 9 del Código Procesal Constitucional el proceso de amparo carece de etapa probatoria.
Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, con la
autoridad que le confiere
RESUELVE
Declarar IMPROCEDENTE la demanda.
Publíquese y notifíquese.
SS.
LANDA
ARROYO
CALLE
HAYEN
ÁLVAREZ MIRANDA