EXP. N.° 02627-2010-PA/TC
LIMA
JUAN JOSÉ
MONTEVERDE BUSSALLEU
EN REPRESENTACIÓN DE
CARLOS DIEGO
ALVARADO MONTOYA
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima, 11 de octubre de 2010
VISTO
El recurso de agravio
constitucional interpuesto por don Juan José Monteverde Bussalleu,
en representación de don Carlos Diego Alvarado Montoya, contra la sentencia
expedida por
ATENDIENDO A
1.
Que con fecha 5 de
marzo de 2007 la parte demandante solicita, como pretensión principal, en el
punto I.1., que se le permita servir en la categoría de Ministro Consejero con
efectos desde el 1 de enero de 2002, alegando que dicha vulneración se viene
materializando a través de la emisión de
2.
Que el Cuadragésimo
Tercer Juzgado Especializado Civil de Lima, con fecha 11 de setiembre
de 2008, declara infundada la excepción de prescripción.
3.
Que del propio
petitorio de la demanda se advierte que el demandante afirma que la supuesta
vulneración de sus derechos constitucionales se ha producido el 9 de enero de
2002, con la publicación de
Por estas consideraciones, el Tribunal
Constitucional, con la autoridad que le confiere
RESUELVE
Declarar IMPROCEDENTE la demanda.
Publíquese y notifíquese.
SS.
MESÍA RAMÍREZ
BEAUMONT CALLIRGOS
VERGARA GOTELLI
CALLE HAYEN
ETO CRUZ
ÁLVAREZ MIRANDA
URVIOLA HANI