EXP. N.° 02644-2010-PA/TC
CALLAO
MIGUEL CAMAYO CASTRO
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima, 13 de octubre de 2010
VISTO
El recurso de agravio
constitucional interpuesto por don Miguel Camayo
Castro contra la sentencia expedida por
ATENDIENDO A
1.
Que con fecha 9 de
junio de 2008 el recurrente interpone demanda de amparo contra el Instituto
Nacional de Rehabilitación “Dra. Adriana Rebaza
Flores” a fin de que se declare inaplicable
2.
Que en el fundamento 37 c) de
3. Que en el presente caso se advierte que la pretensión demandada se encuentra destinada a cuestionar el dictamen médico mediante el cual se determinó que el actor padece de un 29.5% de invalidez (f. 7), debido a que no se encuentra de acuerdo con los criterios que se utilizaron para determinar su incapacidad, situación que implica la necesidad de efectuar evaluaciones médicas que permitan establecer de modo certero el grado de incapacidad del actor, actividad que no puede efectuarse a través del proceso de amparo por carecer de etapa probatoria, razón por la cual, la demanda debe ser desestimada en atención a lo dispuesto por el artículo 9 del Código Procesal Constitucional, sin perjuicio de lo cual queda expedita la vía para que se acuda al proceso a que hubiere lugar.
Por estas consideraciones, el Tribunal
Constitucional, con la autoridad que le confiere
RESUELVE
Declarar IMPROCEDENTE la demanda.
Publíquese y notifíquese.
SS.
VERGARA GOTELLI
ÁLVAREZ MIRANDA
URVIOLA HANI