EXP. N.° 02872-2010-PA/TC
LIMA
MARÍA PAULINA
CENTURIÓN MORZÁN
DE ROMERO Y OTRO
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima, 14 de setiembre de 2010
VISTO
El recurso de agravio
constitucional interpuesto por doña María Paulina Centurión Morzán
de Romero y don Fermín Neri Churampi
Huatuco contra la resolución expedida por
1.
Que los demandantes
solicitan que se declare inaplicables los Decretos de Urgencia N.os 026-2009 y 025-2008, por considerarlos vulneratorios de su derecho a ser incorporados al Registro
de Trabajadores Irregularmente Cesados en virtud de
2. Que el Tribunal Constitucional en
3.
Que mediante
4. Que, en consecuencia, tal como lo ha establecido este Colegiado en el Expediente N.º 4841-2009-PA/TC, carece de objeto emitir pronunciamiento sobre dicha controversia por haberse producido la sustracción de la materia, siendo aplicable, a contrario sensu, el artículo 1º del Código Procesal Constitucional
Por estas consideraciones, el Tribunal
Constitucional, con la autoridad que le confiere
RESUELVE
Declarar IMPROCEDENTE la demanda.
Publíquese y notifíquese.
SS.
MESÍA RAMÍREZ
BEAUMONT CALLIRGOS
VERGARA GOTELLI
CALLE HAYEN
ETO CRUZ
ÁLVAREZ MIRANDA
URVIOLA HANI