EXP. N.º 3039-2007-PA/TC
LIMA
HÉCTOR ZERPA VALENCIA
Lima, 8 de marzo de 2010
El pedido de nulidad de la sentencia de autos, su fecha 17 de diciembre de 2009, presentado por don Héctor Zerpa Valencia, el 3 de febrero de 2007; y,
3. Que en el presente caso el demandante cuestiona la sentencia pues estima que no hay una adecuada aplicación de la legislación vigente, cuestionando la valoración efectuada por este Colegiado.
4. Que tal pedido deben ser rechazado, puesto que resulta manifiesto que no tiene como propósito aclarar la sentencia de autos o subsanar un error material u omisión en que se hubiese incurrido, sino impugnar la decisión que contiene, lo que infringe el artículo 121º CPConst.
Por estas
consideraciones, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confiere
RESUELVE
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de nulidad.
Publíquese y notifíquese
SS.
MESÍA RAMÍREZ
LANDA ARROYO
BEAUMONT CALLIRGOS