EXP. N.° 03187-2010-PA/TC
LIMA
JUAN ALBERTO
MONTERREY MELGAREJO
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima, 4 de octubre de 2010
VISTO
El recurso de agravio
constitucional interpuesto por don Juan Alberto Monterrey Melgarejo
contra la resolución expedida por
ATENDIENDO A
1. Que la Sala revisora declaró improcedente la solicitud de recomposición de los seguidos por el recurrente contra el Estado, sobre acción de amparo.
2. Que de acuerdo con el artículo 18 del Código Procesal Constitucional el recurso de agravio constitucional procede únicamente contra la resolución de segundo grado que declara improcedente o infundada la demanda; en este caso se observa que el recurso no ha sido promovido contra una resolución de segundo grado denegatoria de un proceso de amparo.
3. Que en tal sentido es evidente que el órgano jurisdiccional de segunda instancia ha incurrido en error al haber admitido el medio impugnatorio interpuesto y ordenar su remisión a esta sede, razón por la cual debe subsanarse el vicio procesal en que se ha incurrido.
Por estas consideraciones, el
Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confiere
RESUELVE
Declarar NULO el concesorio del recurso de agravio constitucional, obrante a fojas 338 de autos, y NULO todo lo actuado en este Tribunal.
Publíquese y notifíquese.
SS.
VERGARA GOTELLI
ÁLVAREZ MIRANDA
URVIOLA HANI