EXP. N.° 03397-2009-PHC/TC

LIMA

VIOLETA OLIVEROS

SOTOMAYOR Y OTROS

 

 

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

 

Lima,  4 de enero  de 2010

 

VISTA

 

          La resolución de  fecha 9 de noviembre de 2009, emitida por la Quinta Sala Penal de Reos Libres; y, 

 

 ATENDIENDO A

 

  1. Que el primer párrafo del artículo 121° del Código Procesal Constitucional establece que “(...) el Tribunal, de oficio o a instancia de parte, puede aclarar algún concepto o subsanar cualquier error material u omisión en que hubiese incurrido [en sus resoluciones]”.

 

  1. Que, se advierte que en la resolución de fecha 25 de septiembre de 2009 emitida por este Tribunal en el proceso de autos, se ha omitido consignar en la parte de vistos, así como en el considerando 1 el nombre de “Juan Rueda Huerta” debiendo corregirse la omisión incurrida

 

Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confiere la Constitución Política del Perú

 

RESUELVE

 

SUBSANAR la omisión incurrida en la resolución de fecha 25 de septiembre de 2009 y consignar en la parte de vistos, así como en el considerando 1 el nombre de  Juan Rueda Huerta.

 

Publíquese y notifíquese.

 

 

SS.

 

MESÍA RAMÍREZ

BEAUMONT CALLIRGOS

ETO CRUZ