EXP. N.° 03553-2009-PA/TC
LIMA
PEDRO MARTÍNEZ
LEÓN
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima, 18 de marzo de 2010
VISTO
El recurso de agravio
constitucional interpuesto por don Pedro Martínez León contra la sentencia
expedida por
ATENDIENDO A
1. Que la parte demandante solicita el reconocimiento de sus años de aportaciones al Sistema Nacional de Pensiones; y por ende, que se le otorgue pensión de jubilación, con el pago de reintegros, pensiones devengadas dejadas de percibir e intereses legales.
2.
Que este Tribunal
en el fundamento 26 a) de
3.
Que, conforme a
4. Que en tal sentido y en concordancia con la citada STC 4762-2007-PA/TC, mediante resolución de fecha 4 de agosto de 2009 se solicitó al actor que remita documentos adicionales de los períodos de aportes que pretende acreditar, por lo que habiendo transcurrido con exceso el plazo concedido sin que el demandante haya cumplido con adjuntar la documentación solicitada, la demanda debe desestimarse.
Por estas consideraciones, el Tribunal
Constitucional, con la autoridad que le confiere
RESUELVE
Declarar IMPROCEDENTE la demanda.
Publíquese y notifíquese.
SS.
MESÍA RAMÍREZ
BEAUMONT CALLIRGOS
ETO CRUZ