EXP. N.° 03564-2009-PA/TC
JUNIN
ELISEO
ESLAVA QUISPE
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima, 13 de mayo de 2010
VISTO
El recurso de agravio constitucional interpuesto por don Eliseo
Eslava Quispe contra la sentencia expedida por
1.
Que el recurrente interpone demanda de amparo contra
2.
Que el Tribunal Constitucional, en el precedente
2513-2007-PA/TC, ha unificado los criterios relacionados con la aplicación del
Régimen de Protección de Riesgos Profesionales y ha dejado sentado que en los procesos de amparo referidos al
otorgamiento y reajuste de la pensión vitalicia conforme al Decreto Ley 18846 o
de la pensión de invalidez conforme a
3.
Que el demandante adjuntó el examen médico
ocupacional emitido por
4. Que, en aplicación de los precedentes que
ha establecido, mediante Resolución de fecha 12 de agosto de 2009, el Tribunal
Constitucional solicitó el examen o dictamen médico emitido por
5. Que, en consecuencia el demandante no ha podido demostrar con las pruebas aportadas que el grado de incapacidad de la enfermedad profesional que padece se ha incrementado, debido a que no son documentos idóneos para tal fin en el proceso de amparo, por lo que queda expedita la vía para que acuda al proceso a que hubiere lugar, de conformidad con lo establecido por el artículo 9º del Código Procesal Constitucional.
Por estas
consideraciones, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confiere
Declarar IMPROCEDENTE la demanda.
Publíquese y notifíquese.
SS.
LANDA ARROYO
CALLE HAYEN
ÁLVAREZ MIRANDA