EXP. Nº 836-2011-PHC/TC
AREQUIPA
MAURICIO
LINDSAY
CHANG
OBESO
RESOLUCIÓN DEL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima,
25 de mayo de 2011
VISTO
Recurso de agravio
constitucional interpuesto por don Mauricio Lindsay Chang Obeso contra la
resolución expedida por el Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de
ATENDIENDO A
1.
Que con fecha 27 de octubre de 2010, el recurrente
interpone demanda de hábeas corpus contra los jueces integrantes de
Refiere que concluida
la etapa de investigación en el proceso penal que se le sigue (Expediente N.º
41-2007) por el presunto delito contra la administración pública en la
modalidad de peculado doloso por apropiación en agravio de
2.
Que
3. Que la alegada afectación a los derechos vulnerados debe redundar en una afectación concreta y real a la libertad individual. En el caso de autos, se tiene que el Auto de Vista N.º 716, que cuestiona no contiene ninguna limitación o restricción a la libertad del beneficiario. Asimismo, cabe señalar que conforme consta a fojas 49 al recurrente se le abrió proceso con mandato de comparecencia simple.
4. Que por consiguiente, dado que la reclamación del recurrente (hecho y petitorio) no está referida al contenido constitucionalmente protegido del derecho tutelado por el hábeas corpus, resulta de aplicación el artículo 5°, inciso 1), del Código Procesal Constitucional.
Por estas
consideraciones, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confiere
RESUELVE
Declarar IMPROCEDENTE la demanda.
Publíquese y notifíquese.
SS.
ÁLVAREZ MIRANDA
BEAUMONT CALLIRGOS
CALLE HAYEN