EXP. N.° 01456-2011-PA/TC
ÁNCASH
OSCAR MARINO
ROSALES HENOSTROZA
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima, 10 de agosto de 2011
VISTA
La solicitud de aclaración presentada el 9 de agosto de 2011, por don Oscar Marino Rosales Henostroza contra la resolución de autos, su fecha 13 de mayo de 2011, que declaró improcedente la demanda de amparo; y,
ATENDIENDO A
2. Que, en el presente caso, el demandante fue notificado el 4 de julio de 2011 con la resolución de autos; siendo así, a la fecha de interposición de la presente solicitud de aclaración, esto es, al 9 de agosto de 2011, ha transcurrido en exceso el plazo antes referido, razón por la que dicho pedido debe ser desestimado.
Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, en uso de las atribuciones que le confieren la Constitución Política del Perú
RESUELVE
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de aclaración.
Publíquese y notifíquese.
SS.
ÁLVAREZ MIRANDA
BEAUMONT CALLIRGOS
VERGARA GOTELLI