EXP. N.° 01724-2011-PHC/TC
LIMA
WALTER LUIS
PALOMINO AMORÍN
Lima, 29 de setiembre de 2011
VISTO: el escrito de fecha 27 de setiembre del presente año denominado por el recurrente como “recurso de reposición”, mediante el cual pide se deje sin efecto la resolución de este Tribunal de fecha 2 de agosto de 2011; y, CONSIDERANDO: que, con fecha 14 de julio de 2011, el recurrente interpuso un escrito que identificó como “aclaración - corrección”, pero que en realidad se trató, propiamente, de un recurso de reposición, como así lo entendió este Tribunal, el cual fue resuelto, mediante la resolución mencionada declarándose la improcedencia de lo solicitado; EN CONSECUENCIA: Estése a lo resuelto mediante Resolución de fecha 2 de agosto de 2011. Notifíquese.
GERARDO ETO CRUZ
Presidente
Sala Segunda
Víctor Andrés Alzamora Cárdenas
Secretario Relator