EXP. N.º 02062-2011-2011-PA/TC
ICA
DAVID CÉSAR
MELO QUISPE
Lima, 19 de agosto de 2011
El recurso de Queja entendido como reposición presentado por don David César Melo Quispe contra la resolución de fecha 13 de julio de 2011 que declaró improcedente su demanda de amparo; y,
3. Que en consecuencia, el recurso de reposición debe ser desestimado al haber sido presentado el 19 de agosto de 2011, esto es, fuera del plazo a que se ha hecho referencia en el considerando N.º 1, supra.
Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confiere la Constitución Política del Perú
RESUELVE
Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de reposición.
Publíquese y notifíquese.
SS.
ETO CRUZ
VERGARA GOTELLI
URVIOLA HANI