EXP.
N.° 02426-2011-PHC/TC
HUÁNUCO
NELLY CLARIVEL
OCAÑA
IGARZA
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Lima, 7 de julio de 2011
VISTO
El recurso de agravio constitucional interpuesto por doña Nelly Clarivel Ocaña Igarza contra la
resolución expedida por la Primera Sala Penal de
ATENDIENDO A
1.
Que con fecha 20 de enero del
2011, doña Nelly Clarivel Ocaña Igarza interpone
demanda de hábeas corpus. Alega vulneración de los derechos al debido proceso y
a la defensa.
Refiere haberse enterado en forma casual
de la existencia de la Resolución Nº 3, recaída en el Expediente Nº 1939-2010, dictada
por la juez Vilma Flores León y el secretario Tonny Solano Pérez, en la que se le
imputan cargos infundados. Señala que no se le dio la portunidad de defenderse,
por lo que se está vulnerando su derecho al debido proceso.
2.
Que, si
bien el Código Procesal Constitucional no exige más requisito formal para la
interposición de la demanda de hábeas corpus que una sucinta descripción de los
hechos (artículo 27 del Código Procesal Constitucional), estos hechos deben tener conexión con el
derecho fundamental a la libertad individual; no obstante, ello no implica que toda demanda de hábeas
corpus deba necesariamente ser admitida a trámite, por cuanto la misma debe
guardar un mínimo de verosimilitud. En efecto, la exigencia de verosimilitud de
la demanda ha sido sostenida reiteradamente por este Tribunal Constitucional
(Cfr. Exps. N.os 0947-2004-HC/TC, 2744-2002-PHC/TC).
3. Que en la narración de los hechos de la
demanda no se ha explicitado cómo se configuraría la citada vulneración, pues
solo se hace referencia a que se habría enterado en forma casual de la
existencia de la Resolución Nº 3, recaída en el Expediente Nº 1939-2010, de lo
que se desprende que la demanda no comporta la verosimilitud requerida para su
admisión a trámite.
Por estas consideraciones, el
Tribunal Constitucional, en uso de las atribuciones que le confiere
RESUELVE
Declarar IMPROCEDENTE la demanda de hábeas
corpus.
Publíquese y notifíquese.
SS.
BEAUMONT
CALLIRGOS
VERGARA GOTELLI
CALLE HAYEN
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