EXP. N.º
03021-2009-PHC/TC
LIMA
FRANCISCO GREGORIO
ANTONIO TUDELA
VAN BREUGEL
DOUGLAS Y OTROS
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL
CONSTITUCIONAL
Lima, 18 de enero de 2011
VISTO
El escrito obrante a fojas 2 del cuaderno
formado en esta instancia, presentado por don Juan de Dios Zorrilla Quintana a
favor de don Francisco Gregorio Antonio Tudela Van Breugel
Douglas, Juan Felipe Gaspar José Tudela Van Breugel
Douglas y Enrique Alberto Ghersi Silva, mediante el
cual se desiste de la demanda de hábeas corpus interpuesta contra el Fiscal del
Departamento De Santa Cruz de Bolivia y otros; y,
ATENDIENDO A
1. Que el Título XI del Código Procesal
Civil establece que el desistimiento es una de las formas especiales de
conclusión del proceso. Conforme a lo establecido por el artículo 37.° del
Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional, don Francisco Gregorio Antonio Tudela Van Breugel Douglas, don Juan Felipe Gaspar José Tudela Van Breugel Douglas y don Enrique Alberto Ghersi Silva han cumplido con presentar el
escrito de desistimiento y con legalizar su firma ante el Secretario Relator de
este Tribunal, como consta a fojas 5 y 19 del cuadernillo del Tribunal
Constitucional, en cuanto a don Juan de Dios Zorrilla Quintana, a pesar de haberlo notificado en dos ocaciones no se ha apersonado a esta instancia a legalizar
su firma para desistirse del proceso tal como consta de fojas 9 y 22 del
cuadernillo del Tribunal Constitucional.
2. Que según lo establecido en los
artículos 340.º y 343.º del Código Procesal Civil, de
aplicación supletoria al presente caso, el escrito de desistimiento fue puesto
en conocimiento de la emplazada, quien mediante escrito de fojas 13, y dentro
del plazo que le concede la ley, manifiesta su conformidad con el desistimiento
formulado; por lo que ahora se resuelve
de acuerdo con el artículo 343.º del Código Procesal Civil.
Por estas consideraciones, el
Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confiere
RESUELVE
Tener por desistido a don Francisco Gregorio Antonio Tudela Van Breugel Douglas, a don Juan Felipe Gaspar José Tudela Van Breugel Douglas y a don Enrique Alberto Ghersi
Silva de la demanda de hábeas corpus interpuesta contra el Fiscal del Departamento De Santa Cruz de
Bolivia y otros, en cuanto a don Juan de Dios Zorrilla Quintana, continúese el trámite según su estado.
Publíquese y notifíquese.
SS.
ÁLVAREZ MIRANDA
BEAUMONT CALLIRGOS
CALLE HAYEN