EXP. N.° 0021-2013-PI/TC
LIMA
ROSA OBREGON OSORIO

Y OTROS

 

      

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

 

Lima, 4 de septiembre de 2013

 

VISTA

La demanda de inconstitucionalidad interpuesta por doña Rosa Obregón Osorio, don Manuel Granda Neyra, don Percy Osorio Palomino, doña Brígida Tamayo Vargas y don  Praxedes Apancho Orccoapaza contra la Ordenanza Municipal 026-2013-MPC, de fecha 13 de junio de 2013, emitida por la Municipalidad Provincial de Camaná; y,

 

ATENDIENDO A

 

1.        Que con fecha 14 de agosto de 2013, los accionantes interponen demanda de inconstitucionalidad contra la Ordenanza Municipal 026-2013-MPC, de fecha 13 de junio de 2013, expedida por la Municipalidad Provincial de Camaná, alegando que dicha ordenanza vulnera su derecho de defensa y debido proceso administrativo.

 

2.        Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 77 del Código Procesal Constitucional, concordante con el artículo 200.4 de la Constitución, la demanda de inconstitucionalidad procede contra las normas que tienen rango de ley, entre las cuales se encuentra la ordenanza municipal cuestionada.

 

3.        Que por otro lado, de conformidad con los artículos 203.5 de la Constitución y 99 del Código Procesal Constitucional, tratándose de una demanda promovida por ciudadanos, es preciso que ésta sea interpuesta por cinco mil ciudadanos con firmas debidamente comprobadas por el Jurado Nacional de Elecciones; salvo cuando se cuestione una ordenanza municipal, en cuyo caso se encuentran facultados para impugnarla el uno por ciento de los ciudadanos del respectivo ámbito territorial, siempre que este porcentaje no exceda del número de firmas anteriormente señalado.

 

4.        Que, no obstante, en el caso de autos, el Tribunal aprecia que este requisito no fue cumplido ya que la demanda ha sido suscrita únicamente por cinco ciudadanos.

 

5.        Que, por lo expuesto, corresponde declarar la improcedencia de la demanda interpuesta.  

 

Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional, con la autoridad que le confiere la Constitución Política del Perú

 

RESUELVE

 

Declarar IMPROCEDENTE la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por doña Rosa Obregón Osorio y otros contra la Ordenanza Municipal 026-2013-MPC, emitida por la Municipalidad Provincial de Camaná.

 

Publíquese y notifíquese.

 

 

SS.

 

URVIOLA HANI
VERGARA GOTELLI
MESÍA RAMÍREZ
CALLE HAYEN
ETO CRUZ
ÁLVAREZ MIRANDA